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¿Existe potencial para blockchain en las aplicaciones de derechos de autor y licencias?

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Según todos los informes, parece que estamos en las primeras etapas de un clásico "ciclo exagerado" sobre el potencial para los usos de la tecnología blockchain. Los analistas cuidadosos necesitan filtrar ese ruido, pero, como con todas las burbujas tecnológicas, hay escépticos de blockchain y entusiastas de blockchain.

Estoy en algún punto intermedio: la especulación monetaria, en mi opinión, no es más que una gran distracción; está mejorando los servicios de información que me interesan. Y estoy más interesado en las tecnologías que prometen aportar más precisión y eficiencia al mundo de los derechos de autor y las licencias.

Entonces, ¿la tecnología blockchain muestra una promesa significativa para las aplicaciones de licencias y derechos de autor del mundo real? Miremos más de cerca.

¿Qué son las blockchains y por qué debería importarme?

¿Qué es una blockchain? ¿Por qué tantas startups y expertos tecnológicos siguen y siguen hablando de eso? ¿Qué tipo de problemas puede resolver y quién tiene estos problemas? Y, lo que es más importante, ¿para qué sirve (en el sentido de ser útil)?

En términos simples y prácticos, en este contexto, un bloque es un número único, derivado matemáticamente a través de la informática. Este número se aplica para un solo uso, que normalmente sería el identificador raíz para un trabajo digital de cualquier tipo. Los ejemplos de un trabajo protegido por dicha cadena de bloques incluirían un documento (PDF) o el código fuente de un programa, o una imagen digital, o cualquier cosa en forma fija representada en unos y ceros.

Una vez establecido como el identificador raíz, cualquier cambio en el trabajo digital se escribe, más números, en la cadena de bloques, que luego se distribuye, a través de una red, a todas las partes que participan en este bloque, en cada una de cuyas "ubicaciones" de terceros (incluidos, entre otros, "otros involucrados en el trabajo") pueden ver la información actualizada aplicable. Esta distribución de actualizaciones explica por qué las cadenas de bloques se clasifican como "libros digitales distribuidos " de modo que el historial completo de transacciones de cualquier artículo provisto con una cadena de bloques esté, en teoría, siempre actualizado y disponible para inspección.

A los fines de este artículo, cada vez que digo "blockchain" tengo la intención de referirme a un tecnología de contabilidad digital distribuida, ya sea que ya exista o se invente en el futuro cercano. No me refiero a ninguna implementación en particular. Y, aunque la reciente serie de artículos que hablan sobre blockchain es probablemente un resultado directo de su asociación con las criptomonedas, como el conocido y controvertido Bitcoin (aunque Ethereum y las implementaciones posteriores parecen representar una mejora en el concepto original), creo Es importante tener en cuenta que la moneda comercializable de cualquier tipo no es una parte necesaria de las implementaciones de blockchain.

Más bien, como en el parque de diversiones o en la recolección de cómics, aunque siempre es posible usar tokens únicos para comerciar, no es un resultado obligatorio e inevitable del uso de la tecnología. Más bien, las criptomonedas introducen un elemento adicional a la teoría y la práctica de blockchain, el token, que es un elemento que no preocupa a nuestro enfoque aquí.

Al igual que con cualquier tecnología prometedora y potencialmente disruptiva, resistirá o caerá en la utilidad que demuestra al abordar problemas del mundo real.

Por supuesto, hay muchas aplicaciones para las que las cadenas de bloques simplemente no son adecuadas. Un lector crítico puede encontrar fácilmente tantos artículos que critican la exageración en torno a blockchain como un nuevo "aceite de serpiente" como aquellos que sugieren que la tecnología es prometedora.

Por ahora, supongamos que estas limitaciones pueden y serán superadas en los próximos 3-5 años. ¿Dónde podríamos estar entonces, en términos del potencial para la implementación práctica de esta tecnología, al abordar problemas importantes relacionados con las licencias de derechos de autor y tal vez otros IP?

Por un lado, los registradores de derechos de autor o entidades similares podrían crear una cadena de bloques para servir como un registro global, y luego invitar a los titulares de derechos y consumidores importantes como nodos; esto cumpliría con la mentalidad de los entusiastas de la cadena de bloques que no requiere confianza personal. Vería esto como un complemento de los sistemas existentes y relativamente rápido de implementar.

Un identificador de contenido derivado de blockchain, cuando se usa al servicio de los creadores y sus trabajos, podría convertirse en uno de los muchos identificadores únicos que ya existen, como ISBN, ORCID, DOI, ISNI, ISRC, etc. El Código Internacional de Contenido Estándar (ISCC) es un experimento exactamente en esta línea.

La solución más simple y fácil a un problema de derechos de autor que una cadena de bloques simple puede traer es el viejo (y casi inútil) "derecho de autor de los pobres", que se reduce a crear una marca de tiempo simple para su trabajo enviándose una copia por correo postal a través de USPS. La gente de a Cadena de derechos están tratando de llevar ese viejo truco a un nivel superior, aunque los problemas de costo a escala pueden limitar una factibilidad más amplia.

Tenga en cuenta también que es poco probable que las cadenas de bloques sean de mucha utilidad para mitigar las infracciones de la rutina; todavía es demasiado fácil recortar o raspar la pantalla o reducir la versión de alta calidad del registro y crear una versión "suficientemente buena para piratear". Y es probable que esto siga siendo cierto por algún tiempo.

Aunque puedo prever dificultades significativas con las áreas más grises de las licencias personalizadas, e incluso puede ser inútil cuando se trata de usos justos legítimos, las cadenas de bloques pueden servir como un ajuste natural para almacenar la venta y los términos de licencias más rutinarias. Por ejemplo, produciendo y distribuyendo libros electrónicos. Los contratos autoejecutables, que están limitados a entradas en el libro mayor, podrían ser bastante útiles en ese contexto. Esencialmente, el contrato de licencia podría incluir (o excluir) la reventa de los derechos y el libro mayor podría hacerla cumplir.

En dominio de derechos de autor enrarecido registro, terminaciones y transferencias, Puedo imaginar una cadena de bloques que sea bastante útil para proporcionar acceso al público sobre actualizaciones en la reversión de derechos a un creador, o transferir a un nuevo agente u otras transacciones de derechos registradas de ese tipo.

Al igual que con cualquier tecnología prometedora y potencialmente disruptiva, se apoyará o caerá en la utilidad que demuestra al abordar problemas del mundo real a los que las personas reales buscan respuestas. Si hay costos, e inevitablemente hay costos, aquellos que los soportarán deben ser convencidos mediante la creación clara de un nuevo valor.

No persuadido? Yo también me mantengo escéptico. Pero en general, me pregunto si, dados los problemas de contenido y derechos del mundo real que las industrias que dependen de los derechos de autor y las licencias ya tienen que lidiar a diario, se justifica una mirada crítica unos pasos hacia adelante en una tecnología prometedora. .

¿Qué piensas?

Divulgaciones: no poseo criptomonedas, nunca he tenido ninguna y no espero poseer ninguna. No tengo participación financiera en ninguna de las compañías que he mencionado. 

Fuente: http://techcrunch.com/2019/06/06/is-there-potential-for-blockchain-in-copyright-and-licensing-applications/

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