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Tidbit de SpicyIP: ¡El interminable Jugalbandi entre el gobierno y la corte sobre la reproducción de música en eventos relacionados con el matrimonio!

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Imagen de Freepik

El DPIIT, recientemente emitió un Noticia pública sobre el cobro de regalías por parte de las sociedades de derechos de autor por tocar música en funciones matrimoniales bajo Sección 52(1)(za) de la Ley de derechos de autor de 1957 (Disposición). Citando la Disposición, ordenó a las sociedades de derechos de autor que se abstuvieran de actuar en contravención de la Disposición. Pero esta no es la primera vez que el Ejecutivo emite una aclaración de este tipo. La Oficina de Derechos de Autor, en 2019, emitió un Noticia pública, dirigido a todas las partes interesadas, aclarando que no se requería una licencia para tocar música en las festividades de bodas y también lo hizo la Policía de Rajasthan el año pasado, sobre los cuales discutí en un post más temprano. Tales aclaraciones han sido emitidas en lugar de ambigüedades que surgen de la redacción de la Disposición que incluye “procesión del matrimonio y otras fiestas sociales relacionadas”. En el contexto de la gran diversidad cultural de la India, “otras fiestas sociales relacionadas” abarcan eventos variados y la Disposición no aborda claramente si la reproducción de música sin licencia durante eventos que ocurren antes y después del matrimonio requiere licencia o no. 

Dos problemas comunes en estas aclaraciones son: a) todos son meras reproducciones de la Disposición sin tener un contexto de la interpretación judicial actual cuando el tema ha sido planteado y discutido en los tribunales varias veces con una interpretación más restringida que el lenguaje expansivo de la Disposición (ver esta página y esta página) yb) además del DPIIT, los otros dos han sido anulados por los Tribunales por abuso de poder (ver esta página y esta página). Compañías como Novex Communications, que son los guardianes de las grandes discográficas contra el uso no autorizado de su música, también son responsables de desafiar los poderes del gobierno y la validez de tales aclaraciones. Anticipo que estas empresas no perderán esta oportunidad, reanudando el jugalbandi entre el ejecutivo y los tribunales donde el ejecutivo emite un aviso público para abordar la ambigüedad sobre el tema y el tribunal anula el aviso solo para que esto comience una vez más, ¡en algún otro estado y de alguna otra forma! Me pregunto (solo para divertirme) si esto se ha convertido en una gran fuente de riyaaz para los dos antes de pasar a asuntos más urgentes.

Pero ya es hora de que siempre y cuando dichas aclaraciones, no se limitan a reproducir la Disposición sino que brindan la interpretación actual de la Disposición por parte de la Corte y mencionan claramente el poder ejecutivo bajo el cual emiten tal aclaración para mitigar litigios innecesarios como ha ocurrido anteriormente (ver esta página y esta página). Por ejemplo, actualmente el Tribunal Superior de Delhi ha adoptado una interpretación restrictiva en el caso de Diez eventos Entretenimiento vs Novex Comunicación (consulta: esta página). ¡Es crucial, de lo contrario, todo el propósito de tal aclaración es derrotado! Dado que el tribunal puede haber interpretado la Disposición de una manera específica que puede no permitir que se reproduzca música con derechos de autor en funciones relacionadas con bodas sin licencia, dichos avisos otorgan un boleto gratis a todos los usuarios (lo más probable es que los administradores de eventos, DJ, hoteleros y del mismo modo) que probablemente estaría en problemas por infracción de derechos de autor. 

En otras palabras, el valor de tal aclaración radica en la claridad que aportan, especialmente a frases vagas como “fiestas sociales”, al reproducir el entendimiento e interpretación de las Cortes. A falta de ella, ¡la única solución que queda es la claridad legislativa!

Gracias a un lector anónimo por informarnos sobre el desarrollo.

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