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Guardianes del estrellato: navegando por el complejo terreno de los derechos de la personalidad

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PARTE 1

Este artículo es la primera parte de una serie de blogs de dos partes sobre la propiedad intelectual en la era de los derechos de la personalidad. La parte 1 de esta serie define los derechos de la personalidad como abarcando varios aspectos de la personalidad de un individuo, como su nombre, voz, imagen y semejanza, y analiza cómo estos derechos se basan en la privacidad y los derechos de propiedad. Además, el artículo menciona una huelga en Hollywood encabezada por actores y guionistas preocupados por la desigualdad salarial y la creciente amenaza de la IA generativa en la industria del entretenimiento.

Introducción

Imagina que eres un actor experto y que te dedicas ardientemente a tu arte. Tu actuación es tu herramienta, cautiva al público y deja una impresión imborrable en todos los que la experimentan. Entonces, un día, te encuentras con un anuncio online que te deja completamente horrorizado. Tras un examen más detenido, resulta evidente que el clip que estás viendo presenta tu trabajo, aunque nunca hayas participado en la creación de esta pieza en particular. Inicialmente, el desconcierto y el desorden consumen tus pensamientos. Sin embargo, pronto te das cuenta de la verdad irrefutable: tu voz distintiva ha sido replicada, tu personalidad intrincadamente clonada y utilizada en un anuncio de vídeo generado por IA, todo ello sin tu conocimiento ni consentimiento inequívoco. 

¿Cómo reaccionaría usted ante una situación tan desconcertante? ¿Desconcertado? ¿Intrigado? Quizás incluso te sientas violado. Naturalmente, es posible que le inunden muchas preguntas: ¿Quién posee la autoridad necesaria para utilizar su identidad de esta manera? ¿Conservas alguna apariencia de control sobre la utilización de tu esencia artística? ¿Constituye una violación de sus derechos de autor o está más relacionado con los de su artista intérprete o ejecutante? ¿O invade la esfera de tus derechos de personalidad, ya que tu personalidad única se emplea para recrear tu identidad y personalidad en una nueva obra? 

Ahora, al pasar del reino de la imaginación a la cruda y sombría realidad, estas son preocupaciones genuinas que afectan a los artistas contemporáneos. 

¿Qué son los derechos de la personalidad?

Los derechos de la personalidad, también conocidos como derechos individuales de la personalidad, abarcan las prerrogativas legales de un individuo para salvaguardar su personalidad distintiva, abarcando facetas como el nombre, la voz, las imágenes, las firmas, la popularidad, las expresiones, los gestos, los gestos, el carácter distintivo y la semejanza. Estos derechos se basan tanto en el ámbito de la privacidad como en el de los derechos de propiedad. En particular, las celebridades y personalidades de renombre suelen buscar reparación legal en los tribunales cuando varias empresas hacen mal uso de sus atributos de personalidad en proyectos comerciales, amplificando así las ventas sin su consentimiento informado. En consecuencia, las personalidades eminentes y las celebridades deben reiterar y afirmar sus nombres para salvaguardar sus derechos de personalidad. 

¿Cómo protege la ley esos derechos? 

Los principios fundacionales del derecho de publicidad o derechos de la personalidad fueron aclarados por la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Estados Unidos en el caso de Haelan Laboratories Inc. contra Topps Chewing Gum, Inc.[ 1 ] Las ideas clave de este caso histórico incluyen la delimitación del derecho en el valor publicitario de la propia fotografía, la noción de que personas prominentes experimentarían privaciones si no se les remunera por autorizar anuncios, y el reconocimiento de que el uso no autorizado normalmente no genera remuneración a menos que se otorgue exclusivamente. 

Posteriormente, en el caso de ICC International contra Arvee Enterprises[ 2 ], el Tribunal Superior de Delhi aclaró además que el derecho a la publicidad emana del derecho a la privacidad y es inherente a la personalidad de un individuo, limitado expresamente a una persona viva y no a un evento o una corporación que organiza dicho evento.  

Los derechos de la personalidad encarnan dos derechos distintos basados ​​en daños: (a) el derecho a la privacidad, que impide la representación pública de la propia personalidad sin consentimiento, y (b) el derecho a la publicidad, que preserva la propia imagen y semejanza de ser explotada comercialmente sin una compensación adecuada. similar al uso de una marca registrada. 

En la India, los derechos de la personalidad aún deben ser reconocidos legislativamente bajo un marco legal separado, y su desarrollo está sujeto a interpretaciones judiciales en curso. El reconocimiento y la aceptación del derecho a la publicidad dentro del contexto más amplio del derecho a la privacidad aún están en su infancia dentro del panorama legal de la India. Esto puede atribuirse principalmente al hecho de que el derecho a la privacidad, consagrado como un derecho fundamental en la Constitución de la India, siguió siendo objeto de acalorados debates y contiendas hasta la histórica decisión de la Asamblea General de agosto de 2017. KS Puttuswamy[ 3 ] juicio. Sin embargo, las disposiciones legales existentes reconocen aspectos de los derechos de la personalidad en el artículo 21 de la Constitución de la India y estatutos específicos dentro de las leyes de derechos de propiedad intelectual (DPI), en particular la Ley de Derecho de Autor de 1957 y la Ley de Marcas Registradas de 1999. Estas leyes extienden predominantemente los derechos morales a los autores. y artistas intérpretes o ejecutantes, que incluyen actores, cantantes, músicos y bailarines. 

Uso no autorizado de la identidad de una celebridad: conocimientos legales

En el caso legal del Sr. Gautam Gambhir contra DAP & Co. & Anr.[ 4 ], los acusados ​​operaban un restaurante bajo el lema "por Gautam Gambhir", a pesar de carecer de cualquier asociación genuina con el Sr. Gautam Gambhir. El demandante alegó una violación de sus derechos de personalidad. La deliberación del Tribunal determinó que el acusado no pretendía ninguna afiliación entre su empresa y el jugador de críquet, ni realizó ninguna exhibición visible de las imágenes del jugador de críquet. En cambio, el acusado destacó su imagen en sus materiales promocionales. Además, el Tribunal observó astutamente que ninguna de las partes presentó objeciones sustanciales durante el proceso de registro de los logotipos de la restricción. En consecuencia, el Tribunal llegó a la conclusión razonada de que no se justificaba la concesión de una medida cautelar, ya que el acusado había ejercido su derecho de buena fe a utilizar su nombre para promover sus actividades empresariales sin explotar la reputación del jugador de críquet. 

En el caso de los Selvi J. Jayalalithaa contra Penguin Books India[ 5 ], el Tribunal Superior de Madrás se enfrentó a la intrincada cuestión de si difundir información confidencial de una celebridad sin su consentimiento explícito constituía una transgresión de su sacrosanto derecho a la privacidad. Aunque la respuesta del Tribunal fue inequívocamente afirmativa, se abstuvo de profundizar explícitamente en el ámbito del derecho a la publicidad. El demandante solicitó al tribunal una orden judicial contra la publicación de 'Jayalalitha: A Portrait', aparentemente una obra biográfica sobre la propia demandante, que había sido escrita sin su autorización y carecía de cualquier apariencia de verificación creíble. La base de la narrativa se basaba en artículos de noticias y recortes; un hecho que no pasó desapercibido para el perspicaz Tribunal. Si bien reconoce que “la vida privada de la demandante no estaba entrelazada con sus actividades públicas, excepción delineada de conformidad con la estimada sentencia del Honorable Tribunal Supremo en el caso Auto Shankar,” el Tribunal Superior de Madrás, en un veredicto trascendental, emitió una orden judicial a favor del demandante, impidiendo así la publicación del libro controvertido. 

Mirando hacia el oeste: el drama actual de Hollywood y más allá 

A nivel internacional, la industria del entretenimiento, particularmente Hollywood, está siendo testigo de una huelga histórica encabezada por actores y guionistas, impulsada en gran medida por las crecientes preocupaciones en torno a la desigualdad salarial y la creciente amenaza de la IA generativa. La creciente dependencia de los estudios del contenido generado por IA plantea interrogantes sobre el papel futuro del talento humano en la industria y las implicaciones financieras para los afectados por la huelga.  

Las estrellas de la película de Oppenheimer y el elenco de Barbie, que al mismo tiempo estaban promocionando su película, optaron por abandonar sus respectivos eventos una hora antes de tiempo. Esta acción simbólica colectiva se llevó a cabo para indicar el inicio de una huelga de actores a nivel nacional, mostrando su apoyo a la huelga de escritores en curso en Hollywood que comenzó en mayo de 2023. Según un informe de Associated Press, después de casi seis décadas, aproximadamente 65,000 actores y 11,500 guionistas en Estados Unidos se han unido en una huelga histórica. Sus objetivos principales son abordar dos problemas de larga data dentro de la industria del entretenimiento: la desigualdad salarial y el inminente desafío que plantea la IA generativa (inteligencia artificial).[ 6 ] 

Cuando los ejecutivos de los estudios de Hollywood afirmaron que el primer guión de largometraje completamente realizado, escrito por IA generativa, aparecería en las pantallas en 2024, hicieron una afirmación preocupante. Black Mirror, una serie de Netflix, empleó IA para crear el personaje principal sin el permiso de Salma Hayek en el episodio Joan is horrible de la sexta temporada. Los actores se encuentran en una posición precaria porque no reciben remuneración y tienen poco control sobre el uso de sus fotografías, a menudo capturadas durante sesiones de rutina o difundidas a través de publicaciones en las redes sociales. Uno de los numerosos elementos de la lista SAG-AFTRA es la amenaza existencial de la IA a su sustento.  

Es comprensible que esto tenga importantes ramificaciones financieras para los partidos en huelga que ya estaban negociando salarios más altos por sus servicios. A menos que se impongan limitaciones estrictas sobre cómo la IA puede replicar servicios, incluidas las actuaciones artísticas, los estudios pueden reducir su dependencia del talento de la vida real y confiar en la IA generativa para cumplir funciones creativas. 

En un tema no relacionado, y posiblemente con el espíritu de “si no puedes unirte a ellos, vencelos”, está la artista Grimes, quien incursionó en territorio inexplorado al incorporar IA generativa en su proceso creativo, desdibujando las líneas entre autoría y propiedad. a través de un programa pionero llamado Elf. Tech, permitió que otros músicos usaran sus muestras de voz para hacer que su música pareciera la suya en un programa piloto viral. Elf utiliza un sistema operativo de música con IA generativa creado por CreateSafe, una plataforma en línea para la gestión de artistas y entrenado con la voz de Grimes. Tecnología para crear música. Los artistas están autorizados a incorporar estas muestras de voz "transformadas" en sus composiciones con la condición de reconocer a Grimes como la artista intérprete y remitirle la mitad de los ingresos resultantes. Si bien esta fusión del ingenio humano con la innovación de la IA ofrece perspectivas increíbles para la evolución del arte, también plantea cuestiones complejas en materia de autoría y propiedad. Si bien la IA ofrece interesantes posibilidades para la innovación artística, plantea complejas cuestiones legales y éticas en relación con la atribución y el reparto de ingresos.  

La siguiente parte de esta serie de dos partes analizará los desafíos que presenta la IA a las celebridades, artistas y dobles. También discutirá secciones relevantes de las leyes de derechos de propiedad intelectual y cómo se relacionan con los derechos de la personalidad.


[ 1 ] Haelan Laboratories Inc. contra Topps Chewing Gum, Inc., 202 F.2d 866 (2d Cir. 1953)

[ 2 ] ICC International contra Arvee Enterprises, 2003 (26) PTC 245

[ 3 ] KS Puttuswamy contra UOI, 2017) 10 SCC 1 

[ 4 ] Gautam Gambhir contra DAP & Co & Anr., CS(COMM) 395/2017

[ 5 ] Selvi J. Jayalalithaa contra Penguin Books India, (2013) 54 PTC 327

[ 6 ] https://www.nytimes.com/live/2023/07/13/business/actors-strike-sag (visitado por última vez el 10 de octubre de 2023)

Shreya Gupta

Autor

Shreya Gupta es estudiante de tercer año de licenciatura. LL.B. (H.) de NLU, Sonepat. En su búsqueda de conocimientos diversos, tiene un gran interés en diversas leyes, como DPI, IBC, resolución de disputas, etc. Su pasión por la ley se extiende a su participación en la redacción, la investigación y la asistencia a varios seminarios. 

Anant Gupta

Autor

Anant Gupta es un BA LL.B de tercer año. Estudiante (Hons.) en DNLU, Jabalpur Sus áreas de interés se alinean con el derecho de propiedad intelectual, el derecho corporativo y la resolución de disputas. Además de sus intereses legales, también es un gran aprendiz, un ávido lector y un escritor experimentado.

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