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La Unión Europea propone regulaciones más estrictas para las empresas de criptomonedas fuera de la UE – CryptoInfoNet

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La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha establecido recientemente directrices operativas estrictas para las empresas de cifrado fuera de la Unión Europea (UE). En consecuencia, estas empresas enfrentan graves restricciones en atender directamente a clientes dentro de la UE, lo que marca un avance significativo en la regulación de las criptomonedas. El objetivo principal es frenar las prácticas competitivas desleales y garantizar la igualdad de condiciones para los proveedores de servicios de criptoactivos con sede en la UE.

Requisitos rigurosos para empresas de cifrado fuera de la UE

La ESMA ha aclarado abundantemente que las empresas de cifrado fuera de la UE solo pueden interactuar con clientes de la UE en condiciones altamente restrictivas. El núcleo de esta directiva gira en torno al principio de "solicitud inversa". Esto significa que una empresa fuera de la UE sólo puede atender a un cliente de la UE si este último inicia el servicio.

Sin embargo, la ESMA enfatiza que esta disposición es extremadamente limitada y debería ser la excepción y no la norma. Además, la AEVM y los reguladores nacionales prometen tomar medidas sólidas para salvaguardar a los inversores de la UE y a las entidades que cumplen con las normas de la intrusión injustificada de empresas de fuera de la UE que no cumplen con los requisitos. Estándares MiCA.

Restricciones de marketing y cumplimiento continuo

Las directrices de la ESMA prohíben expresamente que las empresas de fuera de la UE soliciten negocios dentro de la UE. Esto incluye cualquier forma de actividades de marketing destinadas a atraer clientes de la UE.

Además, incluso si una empresa fuera de la UE califica para la exención de 'solicitud inversa', no puede aprovecharla para ofrecer servicios posteriores a menos que estén directamente relacionados con la transacción original. Esta postura estricta garantiza que las empresas no pertenecientes a la UE no puedan explotar los compromisos iniciales como puerta trasera para un acceso más amplio al mercado dentro del mercado. EU.

Delineación de los criptoactivos como instrumentos financieros

Además de estas restricciones, la ESMA también se centra en aclarar la clasificación de los criptoactivos. Un segundo conjunto de orientaciones Delinea los criterios para considerar un activo criptográfico como un "instrumento financiero". Esta clasificación somete el activo a reglas MiFID, similares a las acciones o bonos tradicionales.

Por lo tanto, conlleva un mayor escrutinio y cumplimiento normativo, alineando más estrechamente los criptoactivos con las normas establecidas del mercado financiero.

Las propuestas están abiertas a consulta pública hasta finales de abril, y se esperan las directrices finales para finales de 2024.

Este enfoque consultivo refleja El compromiso de la AEVM a la transparencia y la participación de las partes interesadas en la configuración de un marco regulatorio sólido que sea adaptable a la dinámica del mercado criptográfico.

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