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Las oficinas globales de marcas reconocen que los bienes virtuales son equivalentes a los artículos físicos, lo que influye en las NFT y el metaverso – CryptoInfoNet

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Las decisiones recientes de las oficinas de marcas de todo el mundo, incluidas Turquía y los Estados Unidos, suponen un cambio significativo en el reconocimiento de bienes virtuales y servicios comparables a sus homólogos físicos. Este desarrollo tiene implicaciones de gran alcance para los ámbitos de las NFT, la inteligencia artificial y el metaverso, ya que afecta la forma en que se clasifican y salvaguardan las marcas.

Sentencias sobre marcas registradas sin precedentes

El 31 de marzo de 2023, la Oficina Turca de Patentes y Marcas sentó un precedente al desestimar una solicitud de marca para bienes y servicios físicos debido a su similitud con marcas de bienes y servicios virtuales existentes. Esta sentencia se basó en el Código de Propiedad Industrial N° 6769, mostrando un reconocimiento de la semejanza entre bienes/servicios virtuales y físicos. Al mismo tiempo, en Estados Unidos, la USPTO también rechazó una solicitud de marca para productos virtuales que utilizaban el término “Gucci”, lo que subraya el fuerte vínculo que establecen los consumidores entre los bienes/servicios virtuales y físicos.

Consenso global y cambios en la clasificación

Un seminario web organizado por la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) enfatizó la importancia de tratar los bienes virtuales como equivalentes a los bienes del mundo real, destacando la percepción del consumidor como un criterio crucial. Esta tendencia se ve respaldada aún más por la incorporación de bienes y servicios virtuales en la 12.ª edición de la Clasificación de Niza, que entrará en vigor el 1 de enero de 2024. Estas revisiones abarcarán clasificaciones de archivos digitales descargables verificados por NFT, ropa verificada por NFT y servicios de entretenimiento en entornos virtuales.

Implicaciones para la propiedad intelectual en la era digital

La alineación de las oficinas de marcas en todo el mundo para reconocer la similitud entre bienes/servicios virtuales y físicos marca el comienzo de un nuevo capítulo en la ley de propiedad intelectual. Esta evolución refleja la creciente integración de los activos digitales en la vida cotidiana y el comercio, lo que requiere una modificación de los marcos legales para adaptarse a estas transformaciones. A medida que los bienes y servicios virtuales ganan protagonismo, las repercusiones para el derecho de marcas y la protección de la propiedad intelectual en la esfera digital son profundas.

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