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Marco jurisdiccional en derecho de marcas y derechos de autor: análisis de estatutos y desafíos en la India

Fecha:


INTRODUCCIÓN:

La jurisdicción desempeña un papel vital en la resolución de disputas comerciales sobre propiedad intelectual (PI), en el contexto de casos de infracción de derechos de autor y marcas registradas en la India. La jurisdicción en casos de propiedad intelectual es una cuestión de derecho compleja que implica una interacción de los hechos y las leyes pertinentes. Los legítimos propietarios de propiedad intelectual están una y otra vez desconcertados sobre cuál es el foro apropiado para presentar la demanda.

Este artículo tiene como objetivo ofrecer información valiosa sobre los matices de la jurisdicción sobre marcas comerciales y derechos de autor con la ayuda de los estatutos pertinentes y las secciones de la ley de marcas comerciales y derechos de autor de la India.

Entendiendo a la India Prototipo Jurisdiccional en Derecho de Marcas:

Como debemos saber, según la Ley de Marcas de 1999, la Jurisdicción en las demandas por infracción de marcas está determinada principalmente por la ubicación del demandado, el lugar de negocios o el lugar donde surge la causa de la acción. Sin embargo, con respecto a la infracción de derechos de autor, la Ley de derechos de autor establece la jurisdicción de los tribunales en cuestiones de derechos de autor.

Echemos un vistazo a varias disposiciones que rigen la jurisdicción en disputas sobre marcas comerciales y derechos de autor:

  1. Artículo 20 del Código de Procedimiento Civil de 1908: La sección 20 proporciona la base fundamental para determinar la jurisdicción en todos los casos civiles, incluyendo disputas de marcas. Establece que una demanda puede presentarse ante el tribunal dentro de cuya jurisdicción local resida o realice negocios el demandado, o donde surja la causa de la acción, total o parcialmente. Esta sección sirve como principio rector para determinar el foro apropiado para iniciar acciones por infracción de marcas.
  2. Artículo 134 de la Ley de Marcas de 1999: El artículo 134 de la Ley de Marcas refina aún más el marco jurisdiccional establecido en el artículo 20 del Código de Procedimiento Civil de 1908. Permite al demandante presentar una demanda por infracción de marca ante el Tribunal de Distrito o el Tribunal Superior dentro de cuya jurisdicción local se encuentra el demandado. reside o realiza negocios, o donde surge la causa de la acción, total o parcialmente. Esta disposición otorga flexibilidad al demandante para seleccionar el foro que mejor se adapte a sus intereses.

Los precedentes legales en el caso de Sabmiller India Ltd frente a MP Beer Products Pvt. Limitado. Limitado (MANÚ/MH/0177/2014) reafirmar la importancia del marco jurisdiccional:

El Tribunal Superior de Bombay, en el caso Sabmiller India Ltd., aclaró que un derecho de marca se considera una forma de propiedad, convertir una demanda por infracción de marca en un asunto civil. El tribunal sostuvo que si la infracción se produce dentro de los límites territoriales del Gran Bombay o del Distrito de Bombay, el Tribunal Superior, como principal tribunal civil de jurisdicción original, asume la condición de tribunal de distrito. En consecuencia, se considera que el Tribunal Superior es el tribunal de distrito a los efectos del artículo 105 de la Ley de Marcas Comerciales y Mercancías de 1958 (equivalente al artículo 134 de la Ley de Marcas Comerciales de 1999). Esto significa que las demandas relacionadas con la infracción de marcas, independientemente de su valoración pecuniaria, deben presentarse ante el Tribunal Superior.

  1. La Sección 62 de la ley Ley de derechos de autor de 1957: Sección 62 de la Ley de Derecho de Autor establece la jurisdicción de los tribunales en materia de derechos de autor. Según esta disposición, el tribunal de distrito que tenga jurisdicción sobre el El lugar de residencia o el lugar principal de negocios del demandante tendrá la autoridad para considerar demandas por infracción de derechos de autor..
  2. Infracción de Obra Artística – En los casos de infracción de derechos de autor respecto de una obra artística, la demanda también puede presentarse en el lugar donde la obra fue publicada por primera vez.
  3. Artículo 63 de la Ley de derechos de autor – El artículo 63 confiere competencia al tribunal de distrito para dictar medidas cautelares temporales en casos de infracción de derechos de autor, proporcionando así medidas provisionales a la parte agraviada. Estas disposiciones garantizan que los propietarios de derechos de autor puedan buscar recursos legales en una jurisdicción apropiada dentro de la India.

Importancia de la Ley de Tribunales Comerciales de 2015 - Importancia e impacto

La Ley de Tribunales Comerciales de 2015 introdujo divisiones comerciales dentro de los Tribunales Superiores para acelerar la resolución de disputas comerciales, especialmente los casos de infracción de propiedad intelectual. Mejora el marco jurisdiccional al ofrecer tribunales especializados con experiencia en el manejo de asuntos complejos de propiedad intelectual.

Las disposiciones clave de la Ley de Tribunales Comerciales incluyen:

  1. Artículo 4 de la Ley de Tribunales Comerciales de 2015: La sección 4 establece divisiones comerciales dentro de los Tribunales Superiores para tratar disputas comerciales que excedan un valor específico. La presencia de estas divisiones especializadas garantiza la resolución eficiente de los casos de infracción de marcas por parte de jueces bien versados ​​en el derecho de marcas y sus matices.
  2. Artículo 12 de la Ley de Tribunales Comerciales de 2015: La sección 12 exige la resolución de casos comerciales, incluidas las disputas sobre marcas comerciales y derechos de autor, dentro de un plazo específico. Esta disposición promueve una resolución rápida, reduce las demoras y garantiza una justicia rápida para los titulares legítimos de propiedad intelectual.

La Corte Suprema reafirma la importancia del marco jurisdiccional de las demandas de propiedad intelectual en el caso Indian Performing Rights Society Ltd. contra Sanjay Dalia y Ors

En el caso Indian Performing Rights Society Ltd. contra Sanjay Dalia y Ors[ 1 ]. (01.07.2015 – SC), El tribunal examinó las disposiciones de la Sección 62 de la Ley de Derechos de Autor y la Sección 134 de la Ley de Marcas Comerciales, enfatizando el propósito de incluir un foro adicional, específicamente un Tribunal de Distrito, para que el Demandante presente una demanda. en función de su lugar real de residencia, negocio o empleo. El tribunal aclaró que el objetivo de estas disposiciones era permitir al demandante iniciar procedimientos legales en una jurisdicción conveniente, donde residían o realizaban negocios, en lugar de permitirles obligar al demandado a comparecer ante un tribunal distante, como se intentaba en el caso. los presentes casos.

Se aclaró además que la frase “sin perjuicio de lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil” no eliminaba la aplicabilidad del artículo 20 del Código de Procedimiento Civil. La Sección 20 del Código de Procedimiento Civil otorga al Demandante la opción de presentar una demanda en la jurisdicción donde reside el Demandado o donde surge la causa de la acción. La Sección 20(a) y la Sección 20(b) generalmente determinan el lugar en función de la residencia, el negocio o el empleo del Demandado. La Sección 20(c) permite al Demandante iniciar una demanda cuando surge la causa de la acción, total o parcialmente. La Explicación al Artículo 20 del Código de Procedimiento Civil aclara que una corporación puede ser demandada en una jurisdicción donde tiene su oficina única o principal, o donde existe una oficina subordinada, y la causa de la acción surge allí.

Por lo tanto, se puede inferir que la intención detrás de las disposiciones es ofrecer al Demandante una opción adicional de jurisdicción, en función de su lugar de residencia, negocio o empleo. La inclusión del Tribunal de Distrito en la Ley de Derecho de Autor y la Ley de Marcas no excluye la aplicación del artículo 20 del Código de Procedimiento Civil. En cambio, proporciona un foro alternativo para que el demandante busque reparación, mientras que la Sección 20 del Código de Procedimiento Civil continúa ofreciendo sus propias disposiciones con respecto a la jurisdicción basada en la residencia del demandado o el lugar donde surge la causa de la acción.

Esta interpretación resalta la intención legislativa de brindar flexibilidad al demandante en la elección de una jurisdicción apropiada para presentar una demanda, garantizando conveniencia y acceso a la justicia. La aclaración del tribunal aclara la interacción entre la Ley de derechos de autor, la Ley de marcas comerciales y el Código de Procedimiento Civil, y enfatiza la importancia de considerar ambas disposiciones legales al determinar la jurisdicción para disputas sobre derechos de autor y marcas.

Desafíos del prototipo jurisdiccional existente:

Si bien el marco jurisdiccional existente en la India aborda adecuadamente las disputas por infracción de marcas, persisten ciertas preocupaciones y desafíos. Echemos un vistazo:

Compra de foros: socavando la coherencia y la previsibilidad

Una de las preocupaciones importantes en las demandas comerciales de propiedad intelectual es la búsqueda de foros. En ocasiones, las partes seleccionan estratégicamente un tribunal que se percibe que interpreta favorablemente las leyes de propiedad intelectual, con el objetivo de obtener un resultado favorable. Esta práctica socava la coherencia y previsibilidad de los resultados en diversos litigios por infracción de propiedad intelectual, especialmente con respecto a cuestiones de infracción de marcas comerciales. La búsqueda de foros puede dar lugar a decisiones contradictorias y crear un entorno de incertidumbre, lo que va en detrimento de la observancia y protección efectiva de los derechos de propiedad intelectual.

Inconsistencias en la interpretación y aplicación

Otro desafío que surge en las disputas sobre marcas son las inconsistencias en la interpretación y aplicación de las leyes por parte de diferentes tribunales. La diversidad de interpretaciones puede dar lugar a sentencias contradictorias, lo que aumenta la incertidumbre que rodea a los litigios. Esta edición enfatiza la necesidad de capacitación especializada para los jueces que manejan disputas sobre marcas, asegurando un enfoque coherente y uniformidad en la toma de decisiones en los distintos tribunales de la India. El cambio de paradigma para abordar la Desafios es la necesidad del momento!

Formación y Especialización

Para superar las preocupaciones sobre la búsqueda de foros y las inconsistencias en los litigios de propiedad intelectual, es crucial centrarse en la capacitación y especialización de los jueces. Los programas de formación especializados pueden mejorar la comprensión de las leyes de propiedad intelectual, las complejidades de las disputas en materia de propiedad intelectual y la naturaleza cambiante de las prácticas comerciales. Al dotar a los jueces de amplios conocimientos y experiencia en derecho de marcas y derechos de autor, se puede mejorar significativamente la coherencia y previsibilidad de los resultados en los casos de infracción de propiedad intelectual.

Uniformidad en la toma de decisiones: estableciendo precedentes

Otro enfoque para abordar la cuestión de las sentencias inconsistentes es el establecimiento de precedentes. Cuando los tribunales siguen y hacen referencia consistentemente a decisiones anteriores, se crea un cuerpo de jurisprudencia que brinda orientación y claridad a las partes involucradas en disputas de propiedad intelectual. Los precedentes ayudan a reducir la ambigüedad y garantizar la uniformidad en la toma de decisiones, promoviendo la coherencia y la previsibilidad en los litigios de propiedad intelectual.

Colaboración y Armonización

Los esfuerzos para lograr la colaboración y la armonización entre los tribunales y foros judiciales también pueden contribuir a abordar los desafíos en las jurisdicciones de propiedad intelectual. La comunicación regular y el intercambio de mejores prácticas entre los tribunales pueden ayudar a alinear las interpretaciones, reducir las discrepancias y establecer un enfoque cohesivo hacia los casos de infracción. Además, promover el diálogo entre el poder judicial, los profesionales del derecho y las partes interesadas puede conducir al desarrollo de directrices y estándares que mejoren aún más la coherencia en los litigios sobre marcas.

Travel Food Services Private Limited frente a Aroon Food Services Private Limited[ 2 ]

Este análisis de jurisprudencia se refiere a la cuestión jurisdiccional planteada en el asunto entre Travel Food Services Private Limited (demandante) y Aroon Food Services Private Limited (demandado) en una demanda de propiedad intelectual comercial ante el Tribunal Superior de la Judicatura de Bombay. La cuestión clave ante el tribunal era si la demanda presentada por el demandante podía mantenerse en el Tribunal Superior de Bombay o si debía devolverse para su presentación ante el tribunal competente de Delhi.

Antecedentes:

El demandado, en su solicitud de devolución de la demanda, argumentó que dado que el demandante realiza negocios en Delhi y la causa de la acción surgió en Delhi, el tribunal competente en Delhi debería tener jurisdicción para conocer de la demanda. Se basaron en la interpretación del artículo 134 de la Ley de Marcas de 1999, el artículo 62 de la Ley de Derecho de Autor de 1957 y las disposiciones pertinentes del Código de Procedimiento Civil de 1908 (CPC) para respaldar su argumento.

Argumentos legales:

El abogado del demandado sostuvo que se debía considerar el concepto de conveniencia del foro, y con base en las sentencias del Tribunal Supremo en Indian Performing Rights Society Limited v/s. Sanjay Dalia y otro (2015) 10 SCC OnLine 161 y sentencia de la Sala de División del Tribunal Superior de Delhi en Indian Performing Rights Society Limited v/s. Sanjay Dalia y otro (2008) 155 DLT 164 (DB), no se debe permitir que el demandante mantenga la demanda ante el Tribunal Superior de Bombay basándose únicamente en la ubicación de su domicilio social en Mumbai. Argumentaron que al estar la causa de la acción en Delhi y el demandante realizando negocios en Delhi, la demanda debería presentarse ante el tribunal competente en Delhi para evitar inconvenientes y acoso al demandado.

El abogado del demandante, por el contrario, se basó en la sentencia del Tribunal Supremo en Indian Performing Rights Society Limited v/s. Sanjay Dalia y otro y la posterior interpretación de la misma en la sentencia del Tribunal Superior de Bombay en Manugraph India Limited v/s. Tecnologías Simarq Pvt. Limitado. ltd y otros[ 3 ] (2016 SCC En Línea Bom 5334). Argumentaron que el demandante, que tiene su domicilio social en Mumbai, puede mantener la demanda ante el Tribunal Superior de Bombay, independientemente de que la causa de la acción no haya surgido dentro de la jurisdicción del tribunal. Sostuvieron que las sentencias anteriores del Tribunal Superior de Bombay aclararon la situación del derecho y que el demandado no logró justificar la devolución de la demanda.

Análisis del tribunal:

El tribunal examinó las disposiciones pertinentes de la Ley de Marcas, la Ley de Derecho de Autor y el CPC, junto con las sentencias citadas por ambas partes. El tribunal señaló que la sentencia de Manugraph India Limited v/s. Tecnologías Simarq Pvt. Limitado. Limitado. y otros analizaron extensamente la decisión de la Corte Suprema en Indian Performing Rights Society Limited v/s. Sanjay Dalia y otro e interpretó adecuadamente las disposiciones de la Ley de Derecho de Autor y de la Ley de Marcas en su conjunto. El tribunal lamentó desviarse de la decisión de la Sala de División del Tribunal Superior de Delhi en IPRS (supra) y estuvo de acuerdo con la interpretación dada por el docto juez único del Tribunal Superior de Delhi en RSPL Limited v/s. Mukesh Sharma [(2016) 229 DLT 651].

Decisión:

Sobre la base de su análisis de las disposiciones y sentencias pertinentes, el tribunal sostuvo que la demanda presentada por el demandante podía mantenerse ante el Tribunal Superior de Bombay. El tribunal consideró que el demandado no había presentado motivos suficientes para devolver la demanda y, por lo tanto, desestimó la solicitud de devolución de la demanda.

Conclusión:

En el caso entre Travel Food Services Private Limited (demandante) y Aroon Food Services Private Limited (demandado), relativo a la disputa jurisdiccional en una demanda de propiedad intelectual comercial ante el Tribunal Superior de la Judicatura de Bombay, el tribunal sostuvo que la demanda presentada por el demandante fue mantenible en el Tribunal Superior de Bombay. El tribunal enfatizó que el domicilio social del demandante en Mumbai les permitió elegir el Tribunal Superior de Bombay como foro para la demanda, a pesar de que la causa de la acción surgió en Delhi. La decisión del tribunal reafirma la importancia del domicilio social para determinar la jurisdicción y sienta un precedente para casos similares.

Relación del caso:

El tribunal sostuvo que la elección del foro por parte del demandante en función de la ubicación de su domicilio social es válida incluso si la causa de la acción no surge dentro de la jurisdicción del tribunal elegido, lo que aclara la importancia del domicilio social a efectos jurisdiccionales en demandas comerciales de propiedad intelectual.

Comentarios:

La Sala de División del Tribunal Superior de Delhi en Sanjay Dalia concluyó incorrectamente que la disposición de consideración de la Sección 20, específicamente la explicación, había sido "interpretada en" las Secciones 134 (2) y 62 (2) de la Ley de Marcas Comerciales y la Ley de Derechos de Autor. respectivamente. Sin embargo, es esencial señalar que la cuestión ante la Corte Suprema no se refería a la interpretación de estas secciones. La estructura del artículo 20, vista como un marco de tres niveles, distingue claramente los artículos 134(2) y 62(2) de la Ley de Marcas y de la Ley de Derecho de Autor. Esta perspectiva se alinea con la interpretación reconocida en Sanjay Dalia, que no altera esta estructura ni restringe las disposiciones de las Secciones 134(2) o 62(2) de la Ley de Marcas y de la Ley de Derecho de Autor.

Otra sentencia importante, RSPL Limited v. Mukesh Sharma, dictada por el magistrado único Sr. Sanghi del Tribunal Superior de Delhi, refuerza la posición aclarada en el caso Sanjay Dalia. En este caso, el juez Sanghi presenta un análisis exhaustivo de Sanjay Dalia y coincide con sus conclusiones. En particular, el Tribunal Supremo reconoció la provisión de un foro adicional en virtud de la Sección 62(2) y la Sección 134(2) de la Ley de Derecho de Autor y la Ley de Marcas Comerciales, respectivamente, al incluir el Tribunal de Distrito dentro de cuyos límites reside el demandante, realiza negocios , o trabaja personalmente para obtener ganancias.

Además, el juez Sanghi destaca que el derecho del demandante a interponer una demanda en virtud del artículo 20 del Código de Procedimiento Civil (CPC) no se ve obstaculizado por las disposiciones del artículo 134(2) o del artículo 62(2). Ambas secciones proporcionan un foro adicional para los demandantes que alegan infracción de derechos de autor o marca registrada. En consecuencia, el demandante puede optar por presentar una demanda en el lugar de su residencia voluntaria, lugar de negocios o lugar de empleo remunerado según el artículo 62 de la Ley de derechos de autor y el artículo 134 de la Ley de marcas comerciales. Alternativamente, el demandante puede acogerse a las disposiciones descritas en la Sección 20 del CPC, que permiten la interposición de una demanda donde el demandado reside, trabaja o donde surge la causa de la acción.

Sin embargo, es importante señalar que el privilegio o ventaja conferido por los artículos 134(2) y 62(2) está vinculado al domicilio social o al lugar de trabajo principal. Este privilegio no debe explotarse abandonando el domicilio social o las opciones de la Sección 20 e intentando presentar una demanda en un lugar distante donde no exista ni la causa de la acción ni ninguno de los demandados. Este mal uso fue precisamente el abuso abordado por la Corte Suprema en el caso Sanjay Dalia.

Prototipo jurisdiccional indio y futuro:

En conclusión, el marco jurisdiccional en materia de derechos de autor y marcas en la India desempeña un papel crucial en la resolución de disputas comerciales sobre propiedad intelectual. Los estatutos y disposiciones, tales como Artículo 20 del Código de Procedimiento Civil de 1908, artículo 134 de la Ley de Marcas de 1999, y Artículo 62 de la Ley de Derecho de Autor de 1957, Proporcionar las pautas necesarias para determinar el foro apropiado para iniciar acciones por infracción de marcas.

Sin embargo, persisten desafíos como la búsqueda de foros y las inconsistencias en la interpretación y aplicación de las leyes de marcas. Para abordar estos desafíos, es esencial centrarse en la capacitación especializada de los jueces que manejan disputas de propiedad intelectual, promoviendo la uniformidad en la toma de decisiones mediante el establecimiento de precedentes y fomentando la colaboración y armonización entre los tribunales y foros judiciales.

Jurisprudencia reciente, como la Sabmiller India Ltd. frente a MP Beer Products Pvt. Limitado. Limitado. y Indian Performing Rights Society Ltd. contra Sanjay Dalia y Ors., proporciona información valiosa sobre los aspectos jurisdiccionales de las demandas por infracción de marcas y enfatiza la interacción entre las disposiciones legales.

Además, no se puede pasar por alto la importancia de la Ley de Tribunales Comerciales de 2015 para acelerar la resolución de disputas comerciales, incluidos los casos de infracción de marcas. El establecimiento de divisiones comerciales dentro de los Tribunales Superiores y el plazo establecido para la resolución de casos conforme a los artículos 4 y 12 de la Ley de Tribunales Comerciales, respectivamente, contribuyen a un marco jurisdiccional eficiente.

En general, al abordar los desafíos y garantizar una capacitación integral, uniformidad en la toma de decisiones y colaboración, el marco jurisdiccional de la India en materia de derecho de marcas y derechos de autor puede mejorar aún más la aplicación y protección efectiva de los derechos de propiedad intelectual en entornos comerciales.


[ 1 ] MANU/SC/0716/2015; Cita neutral: 2015/INSC/443, 2015/INSC/452.

[ 2 ] DEMANDA DE IP COMERCIAL NO. 323 DE 2022; Fecha del pedido: 3 DE ABRIL DE 2023

[ 3 ] AIR2016Bom217

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