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Navegando por la nueva era de los esfuerzos contra el lavado de dinero en Europa

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En marzo, el Parlamento Europeo dio un paso significativo para fortalecer los esfuerzos contra el lavado de dinero (AML) y contrarrestar la financiación del terrorismo (CFT). Votó a favor de la creación de una entidad especializada con competencia en AML, denominada provisionalmente Autoridad Antilavado de Dinero (AMLA).

En consecuencia, las competencias en materia de lucha contra el blanqueo de capitales actualmente conferidas a la Autoridad Bancaria Europea (EBA) se transferirán a la AMLA. Su personal estará compuesto inicialmente por unas 300 personas, de las cuales unas 100 se dedicarán a la supervisión directa de entidades obligadas seleccionadas.

El papel de AMLA

La misión de AMLA es doble. En primer lugar, busca armonizar las diversas regulaciones ALD dentro de la UE. AMLA tendrá que establecer reglas detalladas que se presentarán a la Comisión Europea para su aprobación. También garantizará que la forma en que se aplican las leyes contra el lavado de dinero sea coherente en toda Europa. Esta unificación es un tema candente ya que existen importantes diferencias de interpretación según los países.

En segundo lugar, AMLA monitoreará activamente y supervisará directamente a las entidades sujetas a las reglas ALD. En este contexto, garantizará el fortalecimiento de la coordinación entre las distintas unidades de inteligencia financiera (UIF).

Las entidades obligadas serán seleccionadas por AMLA mediante dos métodos. El primero, conocido como método “estándar”, se utiliza para seleccionar entidades financieras activas en toda la UE cuyo perfil de riesgo de lavado de dinero se considera el más alto. Estas entidades serán reevaluadas cada tres años.

El segundo es un método de “emergencia”, que apunta a entidades financieras con fallas recurrentes. Si las autoridades nacionales no son capaces de abordar estos problemas con prontitud y eficacia, AMLA puede intervenir y solicitar una decisión de la Comisión Europea para colocar a la entidad bajo su supervisión directa.

Facultades de supervisión directa y sanciones

La supervisión de entidades obligadas seleccionadas será un esfuerzo de colaboración entre AMLA y las autoridades supervisoras nacionales pertinentes. Se establecerán equipos conjuntos de vigilancia de ambas partes para garantizar la supervisión.

Como parte de su función de supervisión, AMLA estará facultada para solicitar cualquier información necesaria a las entidades obligadas, realizar auditorías, exigir documentos, inspeccionar registros y exigir explicaciones escritas.

En términos de aplicación, las sanciones de AMLA deben ser efectivas, proporcionadas y disuasorias, con la capacidad de imponer sanciones de hasta el 10% del volumen de negocios anual de una entidad o 10 millones de euros. Además, AMLA puede tomar medidas destinadas a prevenir o poner fin a las deficiencias de una entidad obligada seleccionada. Esto puede incluir una revisión de los procedimientos de cumplimiento, alterar las estructuras de gobierno o restringir las operaciones comerciales. En casos severos, AMLA podría recomendar revocar la autorización de la entidad a través de la autoridad supervisora ​​nacional correspondiente.

Supervisar a los supervisores nacionales

Para garantizar la aplicación uniforme de las prácticas de supervisión en toda la UE, AMLA realizará evaluaciones periódicas de las autoridades de supervisión financieras y no financieras nacionales. Estas evaluaciones determinarán si los organismos nacionales tienen recursos y autoridad adecuados para cumplir con sus deberes regulatorios.

Después de estas revisiones, AMLA emitirá un informe que detallará los hallazgos y sugerirá las acciones correctivas necesarias, que podrían implementarse como recomendaciones o pautas.

Establecimiento de redes de supervisión ALD

El “paquete de medidas contra el lavado de dinero” de la Comisión Europea incluye la Directiva COM(2021) 423, que obliga a los estados miembros a establecer colegios de supervisión ALD. Estos son obligatorios para cualquier institución financiera o de crédito no seleccionada que opere en al menos dos estados miembros distintos de aquel donde se encuentra su domicilio social. También se aplican a organizaciones de terceros países que hayan creado instituciones en al menos tres Estados miembros.

Estos colegios se utilizarán para intercambiar información, proporcionar asistencia o coordinar el enfoque de supervisión de la institución en cuestión.

Fortalecimiento de la coordinación de las UIF

El reglamento propuesto por la AMLA también asigna a la AMLA la tarea de coordinar las unidades de inteligencia financiera (UIF), en particular mediante la realización de análisis conjuntos. Si una UIF de un estado miembro identifica e informa a AMLA de la necesidad de realizar un análisis de múltiples UIF, AMLA invitará a las UIF interesadas a participar. AMLA también puede solicitar datos de las distintas UIF, recopilar información sobre sus actividades y producir directrices y recomendaciones.

Sin embargo, la reglamentación AMLA propuesta establece expresamente que AMLA no reemplaza bajo ninguna circunstancia a las UIF nacionales.

En conclusión, ha llegado el momento de que los reguladores nacionales hagan cumplir la Directiva europea con más rigor que nunca. El uso de la tecnología será muy crítico, especialmente para la configuración de plataformas con capacidades de auditoría y presentación de informes. Estas plataformas también deberían poder detectar con precisión nuevos comportamientos sospechosos.

Esto es lo que pide la industria, dado que los delincuentes son expertos en evitar ser detectados. Están perfectamente informados sobre las normas comunes vigentes y cómo evitarlas.

Es evidente que la IA también tendrá que acudir al rescate de todos los actores del mercado, reguladores y entidades supervisadas, en un período de tiempo muy corto. La adopción de la IA está ocurriendo ahora, no esperemos.

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