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Con bisagras e inmovilizados de manera diferente, pero infringe la plataforma Dolly patentada

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La actora en este caso interpuso una demanda por infracción contra los demandados, usuarios y proveedores de productos amparados en la Patente 214088 de 13 de marzo de 2002 denominada 'Vehículos para traslado horizontal de vehículos a motor en aparcamientos mecánicos automáticos'. Las reivindicaciones de la patente se refieren a un carro autopropulsado sobre ruedas, para el traslado horizontal de vehículos a motor mediante elevación de dos o más ruedas, en aparcamientos mecánicos automáticos simples o multiautomáticos. El producto se conoce comúnmente como 'Dolly' o 'Silomat Dolly'.

El primer demandado en el caso presentó una licitación para instalar plataformas rodantes en sus instalaciones, que luego se concedió al demandado 4. El demandado 3 y el demandado 4 están relacionados, y el demandado 3 tenía una relación anterior con el demandante y estaba en posesión de algunos documentos confidenciales. información del demandante en relación con las plataformas rodantes. El cuarto demandado instaló plataformas rodantes denominadas 'Smart Dollies' y afirmó en respuesta a la demanda que las plataformas rodantes instaladas no están infringiendo, y que los demandados están exentos de responsabilidad en virtud de la Sección 107A(b) relativa a las importaciones paralelas.

El Tribunal nombró asesores científicos para comparar las reivindicaciones de la patente con los productos instalados por el demandado. En comparación, los asesores científicos llegaron a la conclusión de que 17 de los 19 elementos de declaración estaban presentes en el producto. Los dos elementos que no estaban presentes según los asesores científicos eran la articulación y la inmovilización de las ruedas traseras. Después de escuchar la opinión de los asesores científicos sobre los diferentes elementos, el Tribunal llegó a la conclusión de que los elementos que no estaban presentes eran insustanciales y no esenciales, y que el producto estaba en infracción a pesar de las diferencias en esos elementos.

Al llegar a su conclusión, el Tribunal citó la regla de todos los elementos, la prueba de la médula y la médula, en la prueba de equivalencia sustancial, la prueba de esencialidad y la prueba de función-forma-resultado mientras buscaba la construcción intencional de una patente. Aunque la patente debía expirar el 13 de marzo de 2022, el Tribunal señaló que el demandante merece una medida cautelar y que la adecuación y el cálculo de los daños no pueden ser un impedimento para otorgar una medida cautelar. También señaló que los productos infractores fabricados durante el plazo de la patente pueden restringirse incluso después de que expire la patente.

Al otorgar la medida cautelar al demandante, el Tribunal también abordó los argumentos relacionados con la exención de importaciones paralelas en virtud de la Sección 107A(b) presentados por los demandados. Señaló que la ley de patentes india prevé el agotamiento nacional y no el agotamiento internacional como la Ley de Marcas Registradas. Afirmó que las palabras “productos patentados” en la disposición deben entenderse como productos patentados en India, y que las palabras “autorizados bajo cualquier ley” deben interpretarse como autorizados bajo la ley india. Sobre la base de su interpretación de la Sección 107A(b), el Tribunal llegó a la conclusión de que un producto cubierto por una patente extranjera no puede brindar una exención a la infracción de una patente india válida.

Cita de caso: Sotefin Sa vs Indraprastha Cancer Society And..., decisión del Tribunal Superior de Delhi el 17 de febrero de 2022, disponible en:https://indiankanoon.org/doc/158740363/, visitado el 21 de febrero de 2022.

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