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SpicyIP Tidbit: La Ley de Competencia contra la Ley de Patentes: Catch 22

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Imagen que contiene el texto "Catch 22"

La Corte Suprema emitió la semana pasada para sobre una petición de permiso especial presentada por la Comisión de Competencia de la India (CCI) contra la decisión del Tribunal Superior de Delhi en Telefonaktiebolaget LM Ericsson (PUBL) contra la Comisión de Competencia de la India y Anr. La principal cuestión que tiene ante sí el SC es si las disposiciones de la Ley de Patentes prevalecerían sobre la Ley de Competencia en casos en los que se alegue comportamiento anticompetitivo o abuso de posición dominante. 

Antecedentes

En ese juicio, discutido por Praharsh esta página, la cuestión principal era si la CCI puede examinar un acuerdo relativo a la protección de los derechos de un titular de una patente en virtud de la Ley de Patentes en busca de prácticas anticompetitivas por parte del titular de una patente. La cuestión finalmente se centró en determinar si la Ley de Patentes era un código completo en cuestiones relacionadas con el uso de patentes y las prácticas anticompetitivas relacionadas con ellas. En caso afirmativo, el Contralor tendría jurisdicción exclusiva sobre el asunto. En caso contrario, la cuestión será decidida por la CCI.

Cuando el asunto se presentó ante la Sala de División en una apelación de 2 órdenes de un solo juez (Ericsson contra CCI y Monsanto contra CCI), Ericsson y Monsanto argumentaron que las cuestiones relacionadas con el comportamiento anticompetitivo o el abuso de posición dominante por parte de los titulares de patentes sólo pueden ser investigadas por el “Controlador o el Tribunal Civil conforme a las disposiciones de la sección 84 (7) (c) (prevé situaciones en las que es razonable se considera que no se han satisfecho los requisitos del público) leído con la sección 140(1)(iii)(c)(derechos del comprador, arrendatario o licenciatario a utilizar un proceso distinto del proceso patentado) de la Ley de Patentes”. Además, “las acusaciones de práctica anticompetitiva por parte del titular de la patente deben determinarse conforme a la sección 84(6)(factores que deben tenerse en cuenta antes de conceder una licencia obligatoria) y la sección 90(1)(ix)(licenciatario autorizado a exportar productos patentados). producto si la licencia se otorga para remediar una práctica anticompetitiva determinada por el Contralor) de la Ley de Patentes”. Por lo tanto, se argumentó, dado que el campo de las prácticas anticompetitivas por parte de los titulares de patentes ha sido ocupado por la Ley de Patentes, la CCI no tendrá ninguna jurisdicción superpuesta sobre la cuestión. 

CCI, por otro lado, argumentó que la jurisdicción de CCI se activará si cualquier persona se ve afectada por el comportamiento anticompetitivo y abusivo de un titular de patente. Además, el mecanismo previsto en la Ley de Patentes es insuficiente para permitir que el Contralor investigue eficazmente las acusaciones de comportamiento anticompetitivo o abusivo de los titulares de patentes. Por lo tanto, argumentó la CCI, la Ley de Patentes no era un código completo a este respecto. Además, apoyándose en Ericsson contra CCI y Monsanto contra CCI, argumentó que CCI puede investigar si el acuerdo de licencia es razonable o no según la sec. 3 (5) (i) de la Ley de Competencia. (El artículo 3(5)(i) establece que, independientemente de otras disposiciones de la Ley de Competencia, no se menoscabará el derecho del titular de una patente a proteger su derecho en virtud de la ley de patentes imponiendo condiciones "razonables".)

Ley de Competencia versus Ley de Patentes

En el caso anterior, surgió la cuestión del conflicto entre dos leyes, es decir, la Ley de Competencia de 2002 y la Ley de Patentes de 1970. En Ericsson contra CCI, el tribunal sostuvo que, si bien la Ley de Patentes es un código autónomo, la jurisdicción de la CCI no queda excluida en asuntos relacionados con la Patente. (Párr. 184) En Monsanto contra CCI, el tribunal en los párrafos 48 y 49, basándose en el lenguaje del 3(5)(i), concluye que la disposición excluyente para restringir la infracción no incluye el derecho a incluir condiciones irrazonables que excedan con creces las necesarias para proteger los derechos del titular de la patente. . Por otro lado, la CCI puede examinar “si un acuerdo se limita a restringir la infracción de patentes e incluye condiciones razonables que pueden ser necesarias para proteger los derechos otorgados al titular de una patente. En Telefonaktiebolaget LM Ericsson (PUBL) contra la Comisión de Competencia de la India y AnrSin embargo, a partir del párrafo 48, el tribunal de división adoptó una línea de razonamiento diferente. Aunque, al igual que la orden Ericsson de 2016, el Tribunal de División sostiene que la Ley de Patentes es una legislación especial que anulará la Ley de Competencia en caso de repugnancia, difiere de lo anterior al sostener que no is "repugnancia implícita" entre ambas legislaciones. Es de destacar que las dos sentencias anteriores no encontraron ninguna repugnancia entre las dos leyes. Como señala Praharsh, el tribunal de la división sostuvo que existe una superposición entre las dos legislaciones. Por un lado, sostuvo que en materia de acuerdos anticompetitivos y abuso de posición dominante, la Ley de Competencia es la legislación general. Por otro lado, la Ley de Patentes es una ley especial respecto de los acuerdos anticompetitivos y el abuso de posición dominante por parte del titular de una patente en el ejercicio de sus derechos en virtud de la Ley de Patentes.(esta página)

¿Y ahora qué?

Praharsh señala que, dado que los procedimientos ante la CCI suelen ser largos, lo que lleva a las partes a resolver la disputa, la orden del Tribunal de División puede brindar alivio a los titulares de patentes. Sin embargo, una cuestión importante es si el Contralor está equipado y es competente para decidir cuestiones relativas a acuerdos anticompetitivos y abuso de posiciones dominantes. La orden del Tribunal de División se basó en la conclusión de que la “investigación que la CCI propone realizar con respecto a una afirmación de derechos de patente es casi idéntica a la que llevará a cabo el Contralor conforme al Capítulo XVI de la Ley de Patentes”. (Párrafo 49) Sin embargo, como señala Praharsh, “las disputas ante la CCI sobre cuestiones de patentes no se refieren simplemente a la(s) patente(s) en cuestión, sino que tienen que ver con el mantenimiento de una competencia leal en el mercado, lo que por lo tanto requiere que la CCI considere una plétora de otros factores al emitir su hallazgo/recomendación”. Será interesante ver cómo el SC concilia los puntos de vista divergentes, incluido el anterior, planteados en este caso. 

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